Por Rafael Sorroche Gutiérrez
A día de hoy, todos hemos oído hablar algo sobre el Aval
que nos proporciona el estado para alcanzar el tan complicado y ansiado 100% de
la hipoteca, aunque por mi experiencia en el sector, no es el momento de
comprar, pero eso, es otro debate.
Vamos a lo que vamos,
¿Qué necesitamos cumplir para solicitarlo?
Esto, os lo pongo tal cual viene en la página del Ministerio,
porque la verdad, viene bastante claro.
Los adquirentes de la vivienda no podrán ser más de dos
personas y en caso de haber dos adquirientes ambos deberán cumplir los
siguientes requisitos:
1. Deben ser personas físicas mayores de
edad con residencia legal España durante los dos años anteriores a la
solicitud del préstamo, de manera continua e ininterrumpida.
2. Deberán adquirir su primera vivienda
dentro del territorio nacional, que será destinada a vivienda habitual y
permanente.
3. No se podrá hacer uso de la vivienda
para el ejercicio de una actividad económica en el momento de la formalización
del préstamo avalado, es decir, no podremos utilizar nuestra vivienda para la apertura
de un taller, una oficina o un restaurante, la vivienda tiene que ser únicamente
para vivir.
4. No podrán ser propietarios de otra vivienda
con anterioridad. Solo podemos utilizarlo si es la primera vez que compramos
una vivienda.
5. No podrán tener CIRBE en situación de
morosidad en la fecha de formalización del Préstamo Hipotecario. Te preguntaras
¿Y qué es el CIRBE? Pues es una base de datos donde se refleja todas nuestras
deudas, préstamos, temas de morosidad, si somos avalistas entre otros. Esto es
algo que revisa la entidad para garantizar que podemos afrontar el dinero
solicitado.
6. No podrán tener un patrimonio neto
superior a 100.000 euros. En el caso de que se trate de dos Adquirientes, este
límite patrimonial se entenderá para cada uno de ellos, es decir, 200.000€ si
compramos dos personas.
7. El precio de compra de la vivienda no
puede superar el máximo establecido para cada Comunidad
Autónoma. Tabla
de importes máximos por Comunidad Autónoma. Es entendible, que las
comunidades establezcan un límite de compra. Recuerda que esto es para comprar
nuestra primera vivienda digna, no un chalet en Alcobendas.
8. Deberán cumplir en el momento de la
formalización del préstamo avalado los requisitos establecidos en el artículo
13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones que establece
lo siguiente:
En el programa de jóvenes, deberán cumplir
adicionalmente a los establecidos en el punto anterior, los siguientes
requisitos:
- No
podrán tener más de 35 años en el momento de la formalización del préstamo
hipotecario.
- Los
ingresos del joven adquirente no podrán ser superiores a 4,5 veces el
IPREM (37.800 € brutos anuales) que esté vigente a la fecha de
formalización del préstamo hipotecario. En el caso de adquisición por dos
jóvenes, sus ingresos, en conjunto, no podrán superar la suma del límite
establecido para cada uno.
En el caso del programa de familias con menores a cargo,
deberán cumplirse adicionalmente, los siguientes requisitos:
- Los
ingresos del adquirente no podrán ser superiores a 4,5 veces el IPREM
(37.800 euros brutos al año) que esté vigente a la fecha de formalización
del préstamo hipotecario, y en el supuesto de adquisición por dos
adquirentes, en conjunto, no podrán superar la suma del límite establecido
para cada uno. Este importe se incrementará en 0,3 veces el IPREM (2.520
euros brutos anuales) por cada menor a cargo.
- En
el caso de familia monoparental el límite de ingresos anterior se podrá
incrementar en un 70%.
Y si cumplo con todo lo anterior te preguntarás;
¿Quién se encarga de realizar la gestión?
En cualquiera de las entidades de crédito adheridas a la
Línea de Avales para la adquisición de primera vivienda de Jóvenes y Familias
con menores a su cargo.
Ahora mismo, esta es la lista actualizada:
BANCO SANTANDER, BBVA, IBERCAJA BANCO, EVO BANCO, CAJA DE
AHORROS Y M.P. DE ONTINYENT, ARQUIA BANK, UCI, UNION DE CREDITOS INMOBILIARIOS
SA, CAJA RURAL DE ALMENDRALEJO, ABANCA CORPORACIÓN BANCARIA, BANCO COOPERATIVO
ESPAÑOL, CAJASIETE, CAJA RURAL, CAJA RURAL DE EXTREMADURA, CAJA RURAL DE SORIA,
CAJA RURAL DE TERUEL, CAJA RURAL DEL SUR, CAJA RURAL DE GRANADA, CAJA RURAL DE
SALAMANCA, CAJA RURAL DE UTRERA, CAJA RURAL SAN JOSÉ DE ALCORA, CAJA RURAL
DE JAÉN, BARCELONA Y MADRID, CAJA RURAL DE ZAMORA, CAIXA RURAL GALEGA, CAJA
RURAL REGIONAL, CAJA RURAL DE CAÑETE DE LAS TORRES, CAJA RURAL DE GIJÓN, CAIXA
LA VALL S.ISIDRO, CAIXA POPULAR, CAJA RURAL DE NUEVA CARTEYA, CAJA RURAL
DE ARAGÓN, CAIXABANK, CAJA RURAL CENTRAL, CAJA RURAL ASTURIAS, CAJA RURAL
NUESTRA SRA LA ESPERANZA DE ONDA, CAIXA RURAL ALGEMESI, CAJA RURAL DE
ALBAL , CAJAMAR, CAIXA RURAL TORRENT, CAJA RURAL DE PETRER, CAIXA RURAL DE
TURIS, BANCO DE CREDITO SOCIAL COOPERATIVO, CAJA RURAL DE ALQUERIAS DEL NIÑO
PERDIDO, CAJA RURAL DE JOSE DE BURRIANA, CAJA RURAL DE CALLOSA, CAJA RURAL
CATÓLICA AGRARIA VILAREAL, CAJA RURAL CHESTE, CAJA RURAL DE JUNQUERA DE
CHILCHES, CAJA RURAL SAN JOSÉ DE NULES, CAIXA RURAL SAN ROQUE DE ALMENARA, CAJA
RURAL SANT JOSEP DE VILAVELLA, CAJA RURAL DE VILLAR, CAJA RURAL DE S. VICENT
FERRER , GLOBALCAJA, UNICAJA BANCO, BANCA PUEYO, CAJAVIVA, CAJA RURAL
ALGINET, CAIXA RURAL ALTEA, CAJA RURAL S. ISIDRO DE VILAFAMES, CAJA RURAL DE
BAENA, BANCO SABADELL, BANKINTER.
Ahora que ya sabes las entidades, otra de las preguntas más aclamadas, ¿Y que tengo que presentar una vez esté en la entidad?
¿Qué documentación hay que presentar?
La entidad de crédito con la que se formalice la operación
será la encargada de informar sobre la documentación necesaria y proporcionará
los modelos de declaraciones que deberá firmar. Entre otros documentos deberán
aportarse, los siguientes:
a) Acreditación de la
residencia legal en España de todos los adquirentes de la vivienda de manera
continua e ininterrumpida durante los dos años anteriores a la solicitud del
préstamo
- DNI,
NIE o pasaporte y padrón municipal de convivencia o certificado
equivalente que incluyan la fecha de comienzo de residencia
b) Acreditación de la condición de
familia monoparental o de familia no monoparental y del número de menores a
cargo, para el Programa de familias con menores a cargo
- Libro
de familia o documento acreditativo de la inscripción como pareja de hecho
si procede, o equivalente en el país de origen en caso de no tenerlo, o
partida de nacimiento de los hijos.
c) Acreditación de que ninguno
de los adquirentes de la vivienda sea propietario, mediante cualquier forma de
adquisición, a título oneroso o lucrativo, de otra vivienda con
anterioridad.
- Podrá
acreditar mediante un certificado negativo catastral o nota simple del
servicio de índices del Registro de la Propiedad de las personas
adquirentes de la vivienda por el que quede constancia de que cumplen el
requisito de no tener en propiedad algún inmueble destinado a vivienda
habitual y permanente. Todo esto se puede solicitar en el Registro de la
Propiedad de Comunidad.
d) Acreditación de la calificación
energética de la vivienda a la fecha de adquisición.
- Certificado
energético emitido en fecha anterior o igual a la fecha de adquisición de
la vivienda, si compras por inmobiliaria, te lo facilitará la misma
inmobiliaria, si es a través de portal bancario, el mismo banco tendrá acceso
a ella y si finalmente compras a particular, esté debe facilitarte el documento
que se realiza a través de un técnico especializado que lo emite.
e) Acreditación del valor de
tasación
- Informe
de tasación de la vivienda financiada realizada a efectos de contratación
del préstamo hipotecario. Por esto no te preocupes, es el banco el que se
encarga de obtener esta tasación a través de los profesionales indicados
para esto, eso sí, que sepas que eso lo pagas tú en los gastos de la
hipoteca.
f) Acreditación del cumplimiento de
los límites de ingresos
- Ultima
declaración de IRPF presentada (Declaración de la Renta) o en caso de que
no se tenga obligación de presentarla, certificado negativo de la AEAT que
se tramita a través de la Agencia Tributaria.
- Autorización
al MIVAU firmada por los Clientes para consultar los datos de la Agencia
Tributaria de los mismos durante toda la vida del préstamo avalado, de
esto, también se encarga la entidad.
Sabiendo esto, espero haberte aclarado un poco el tema sobre el Aval y de igual forma, que tengas la información necesaria para solicitar tú Aval ICO junto a tu préstamo
bancario.
Si quieres más información sobre fechas de solicitud, la
cantidad que nos aporta el AVAL entre otros, te dejo aquí, el enlace con toda
la información al completo.
https://www.ico.es/linea-avales-hipoteca-primera-vivienda
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